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El dinero acumulado en la cuenta de capitalización individual no se pierde, es una herencia para la familia

El dinero acumulado en la cuenta de capitalización individual no se pierde, es una herencia para la familia
Publicado 07/Marzo/2024

Santo Domingo, Rep. Dom - El Superintendente de Pensiones, Francisco A. Torres, informó que el dinero acumulado en la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) no se pierde al fallecer el afiliado: es una herencia para los herederos legales, al igual que otros beneficios asociados a los aportes a la cuenta de pensión, como es el seguro de discapacidad y el de sobrevivencia, los cuales protegen a la familia del cotizante activo en caso de eventualidades.

El superintendente Torres enfatizó que los familiares pueden reclamar los fondos a través de la Administradora de Fondos de Pensiones del afiliado, y que en caso de estar cotizando activamente al momento del fallecimiento, si se cumplen con los requisitos, los familiares pueden beneficiarse de una pensión por sobrevivencia que garantiza ingresos continuos o la devolución del saldo total del afiliado fallecido.

“La pensión por sobrevivencia tiene una póliza adicional que se cubre con parte de lo ahorrado. Esta cubre de por vida a tu pareja y a los hijos hasta los 18 años, o hasta los 21 si están estudiando. Hasta la fecha se han otorgado más de 16,000 pensiones por sobrevivencia, y más de 14,000 de otras, lo que significa que el sistema ha beneficiado a más de 30,000 familias a través de las AFP", informó.

Torres abordó puntos clave sobre el Sistema Dominicano de Pensiones, aclaró dudas y desmitificó percepciones erróneas que circulan entre la población, durante su participación en una entrevista realizada en el programa "El Sol de la Tarde", conducido por los comunicadores Rafael Taveras (Fafa), Federico Jóvine, Ivonne Ferreras y Félix Lajara.

Asimismo, destacó que el desconocimiento técnico sobre el sistema puede llevar a malentendidos y percepciones erróneas entre los cotizantes, señalando que el sistema de pensiones en República Dominicana solo tiene 21 años de vigencia hasta la fecha, lo que implica un tiempo relativamente corto.

Aclaró que: “Para obtener la pensión conforme al diseño inicial del sistema y a los cálculos actuariales establecidos, una persona necesita tener 30 años laborando, es decir 360 cotizaciones. Actualmente, el sistema cuenta solamente con 21 años desde la primera cotización, lo que significa que aún no hemos llegado a completar ese período, porque la primera cotización se realizó en junio del año 2003. Por lo tanto, nadie cumple aún con los requisitos establecidos para recibir la pensión por vejez”.

En ese mismo orden, dijo que la ley vigente no contempla la devolución de los fondos de pensiones, salvo en casos específicos, como el de aquellas personas de ingreso tardío al sistema; las que comenzaron a cotizar en el sistema a sus 44 años o más y que, al cumplir los 60 años, pueden retirar la totalidad de sus fondos.

La participación del Superintendente de Pensiones en este programa es parte de las acciones educativas e informativas que tiene la superintendencia, con el objetivo de comunicar a la ciudadanía todo lo relacionado al sistema de pensiones. 

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