En cumplimiento con el Art. 49 sobre la composición de la Comisión Médica Nacional y Regional el Sistema de Pensiones Dominicano cuenta con dos tipos de comisiones definidas a continuación:
Comisión Médica Regional: Es la instancia responsable de evaluar y calificar el grado de discapacidad de los afiliados que soliciten por esta causa, de acuerdo al Manual de Evaluación y Calificación del Grado de Discapacidad atendiendo a la Profesión o Especialidad del Trabajo de la Persona Afectada.
Comisión Médica Nacional: Es la Comisión constituida por tres médicos que funge como instancia de apelación, cuya función es revisar, validar o rechazar los dictámenes de las Comisiones Médicas Regionales que sean recurridos.
En esta sección usted podrá encontrar información sobre quiénes integran estas comisiones y cuál es su jurisdicción definida.