Por: rterc - Hace 3 meses
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Superintendencia de Pensiones (SIPEN)
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anónimo - Hace 3 meses
853035
jmperez - Hace 3 meses
Estimado afiliado, Aquellos afiliados que al momento del inicio del seguro de vejez, discapacidad y sobrevivencia el 1ro. de junio de 2003, tenían más de 45 años y contaban con derechos adquiridos en las leyes núms.1896-48 sobre seguros sociales o núm. 379-81 sobre las jubilaciones y pensiones civiles del Estado y fueron afiliados de manera automática o voluntariamente, ya sea por desconocimiento o por desinformación a una AFP, podrán solicitar su traspaso al Sistema de Reparto. Las solicitudes descritas serán recibidas a través de la DIDA y serán conocidas y aprobadas por la Comisión Interinstitucional designada por el CNSS. Para solicitar el traspaso, el afiliado solicitante depositará en la DIDA, los documentos siguientes: a) Formulario de “Solicitud de Traspaso” debidamente completado por el afiliado; b) Certificaciones de las instituciones donde haya trabajado y/o certificación de la Contraloría General de la República; c) Copia de documento de identidad válido del afiliado.